¿Haces trabajos por tu cuenta, pero no te sale rentable hacerte autónomo? ¿El dinero extra te va bien pero no sabes hasta qué punto puedes facturar sin ser autónomo?
Si este es tu caso y no quieres tener problemas con Hacienda, este post te interesa.
Aclaramos las dudas más frecuentes y te damos algunos ejemplos de situaciones en las que te puedes encontrar, así como de las cosas que no debes hacer.
Contenido
- ¿Puedo facturar sin ser autónomo?
- ¿Cuándo se puede facturar sin ser autónomo?
- Requisitos para facturar sin ser autónomo
- Facturar a través de una cooperativa
- Obligaciones fiscales al facturar sin ser autónomo
- ¿Qué pasa si facturo sin ser autónomo?
- ¿Puedo hacer una factura si estoy en el paro?
- Conclusiones
¿Puedo facturar sin ser autónomo?
Grosso modo, la respuesta es sí, puedes hacer una factura sin tener que darte de alta como autónomo. Cualquier persona que haga una transacción comercial puede emitir una factura.
Pero esto no significa que puedas hacerlo siempre que quieras. Si no, la figura de autónomo perdería todo el sentido.
Así que hay unos requisitos legales que lo limitan.
Es importante que los revises bien antes de emitir una factura, porque las sanciones pueden ser severas, aunque la ley no es que sea muy clara precisamente.
Vamos a ello.
¿Qué dice la Seguridad Social?
La Seguridad Social define al autónomo como una persona que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo.
Bien, el problema es que no define qué se considera actividad habitual. Esto genera muchas dudas sobre cuándo emitir facturas y, sobre todo, cuándo hay que darse de alta de autónomo.
¿Qué dice Hacienda?
Hacienda es más directa. Considera autónomo todo aquel que realice una actividad económica. Nada más.
Por eso el alta en Hacienda es siempre obligatoria, sin excepción.
¿Cuándo se puede facturar sin ser autónomo?
Como ves, todo es algo ambiguo. Pero analicemos lo que dice la Seguridad Social, que es lo que determinará el alta de autónomo.
Según la administración, no sería necesario darse de alta si:
1.No realizas ninguna actividad.
Por ejemplo, si cobras cada mes por el alquiler de un local. Esto es un ingreso habitual, pero tú no estás realizando ninguna actividad. Por tanto, no es necesario darse de alta como autónomo. Aunque el alta en Hacienda es obligatoria porque se trata de una operación sujeta a IVA.
2. Es una actividad puntual.
Pongamos el caso de que te han pedido pintar un mural en la puerta de un negocio y necesitan una factura para poder deducirse el gasto.
Esto sí es una actividad por la que vas a recibir un ingreso, pero se trata de un servicio que no volverás a hacer. No hay manera de considerarla habitual. Por eso, la Seguridad Social tampoco te pedirá que te des de alta, aunque recuerda que sí debes hacerlo en Hacienda.
¿Y qué pasa si solo tengo que hacer unas pocas facturas al año?
Entonces estas en esa “zona gris” que suscita tantas dudas.
Si vas a hacer varias facturas por una misma actividad, nosotros te recomendamos que te des de alta tanto en Hacienda como en la Seguridad Social, ya que es la forma totalmente legal de hacerlo.
Pero es cierto que hay casos que la Seguridad Social suele pasar por alto, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
Repetimos que no es una verdad absoluta y que, aunque los cumplas, te expones a ciertos riesgos.
Requisitos para facturar sin ser autónomo
Darte de alta en Hacienda
Aquí no hay discusión. No puedes emitir ninguna factura sin antes darte de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Esto se hace a través el Modelo 036 o el Modelo 037. Es un trámite gratuito que se puede presentar telemáticamente.
¡Ojo! No lo confundas con el alta en el RETA, que es la de autónomos.
La actividad no puede ser habitual
Este es el requisito más importante.
Las facturas que emitas no pueden ser consideradas un medio de vida. Esto significa que no pueden ser tu fuente de ingresos principal y debes tener otra actividad que si sea tu medio de vida; Un trabajo a media jornada, por ejemplo.
Tampoco pueden repetirse regularmente en el tiempo.
Por ejemplo, si das clases de repaso dos tardes a la semana (o, aunque sea solo durante los meses de exámenes), estarías obligado a darte de alta porque se consideraría una actividad habitual.
Ahora bien, puede que te libres si cumples con el siguiente requisito.
No ingresar más que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
Esto no está escrito en ningún sitio. No es un requisito que establezca la Seguridad Social, pero si es algo que puede jugar a tu favor.
Algunas sentencias establecen que si no cobras el SMI (14.000 € anuales), no se puede considerar que vives de ese trabajo, por lo que no obligan a cotizar en la Seguridad Social.
Volviendo al ejemplo de las clases particulares. Supongamos que Seguridad Social se da cuenta de que estás facturando regularmente y te reclama por no estar dado de alta de autónomo, pero lo que tú has ingresado de estas clases suma 5.000 € anuales.
Como está por debajo de los 14.000 € del SMI, puede que los tribunales fallen a tu favor.
Pero te avisamos, que puedan no significa que tenga que ser así.
Facturar a través de una cooperativa
Otra manera de hacer facturas sin ser autónomo es a través de una cooperativa.
Estas entidades se encargan de darte de alta en la Seguridad Social, como si estuvieras trabajando por cuenta ajena, emiten las facturas a su nombre, llevan los trámites y liquidan los impuestos.
Es decir, que tú te libras de todo el papeleo. A cambio tendrás que pagarles una cuota de alta más un porcentaje de comisión de las facturas.
Un chollo, ¿no?
Pues no. Aunque parezca la mejor de las opciones, no es recomendable.
En 2017 se sancionó a muchas de ellas y el Ministerio de Trabajo las persigue cada vez más. La inseguridad y la posibilidad de recibir sanciones las convierte una opción muy poco favorable.
Obligaciones fiscales al facturar sin ser autónomo
Muy bien, ahora ya conoces tus opciones.
Si al final lo que has decidido es no darte de alta de autónomo, no te creas que eso te libra de cumplir con tus obligaciones tributarias. Debes declarar a Hacienda tus ingresos.
Además de los modelos 036 y 037 que hemos mencionado anteriormente, todas las facturas deberán llevar IVA e IRPF, lo que te obliga a presentar las siguientes declaraciones:
- Declarar y liquidar el IVA trimestral con el modelo 303.
- Declarar y liquidar el IRPF con el modelo 130.
- Si además has pagado facturas a tus proveedores que contenían IRPF, debes presentar el modelo 111 y el modelo 115 si tienes un local alquilado.
- Anualmente, tienes que presentar: el modelo 180 de retenciones de alquileres, el modelo 190 de retenciones de IRPF y el modelo 390 del resumen anual del IVA.
- Si además, has hecho operaciones de más de 3.005.06 €, en febrero tendrás que presentar el modelo 347.
- Finalmente, si también has trabajado por cuenta ajena, es probable que tengas que presentar la declaración de la renta. Asegúrate de comprobarlo.
¿Qué pasa si facturo sin ser autónomo?
Si te arriesgas a facturar sin ser autónomo y no cumples los requisitos, puedes acabar pagando mucho más de lo que te habría costado darte de alta des del principio.
En el caso que la Seguridad Social te pille, automáticamente te dará de alta en el RETA (alta de autónomo) y te obligará a pagar las cuotas atrasadas más un 20% de sanción, además de una multa que puede ascender hasta los 3.000 €.
Y eso no es todo. Por mucho que pases por debajo del radar de la Seguridad Social y vayas haciendo facturas sin tener problemas, el día que quieras darte de alta como autónomo, la Seguridad Social lo verá y te aplicará las mismas sanciones por todos los meses que hayas estado de alta en Hacienda y no en la Seguridad Social, más la multa.
Pero demás, perderás todos los derechos a bonificaciones de autónomo.
La verdad, no vale la pena.
¿Puedo hacer una factura si estoy en el paro?
Si estás cobrando el paro y quieres hacer una factura esporádica, debes tener mucho cuidado, porque puedes llegar a perder toda la prestación o incluso que te pidan que la devuelvas.
Para evitar las sanciones, tienes que dirigirte al SEPE y explicarles tu situación. Si lo haces correctamente no debería haber ningún problema.
Conclusiones
Como ves, puedes facturar sin ser autónomo, pero debes conocer bien tu caso para no tener problemas con las administraciones.
Si sabes que vas a realizar tu actividad varias veces en el año, te recomendamos que te des de alta como autónomo para evitar las multas, que pueden ser bastante elevadas.
En AEMTIA tramitamos el alta en el RETA para que puedas hacer facturas completamente legales. Además, nuestros asesores fiscales se encargarán de presentar todo el papeleo y los impuestos necesarios, sin complicaciones.
Escoge el plan que mejor se adapte a ti y te haremos un presupuesto a medida.