¿Existe la baja laboral de autónomo? Esta es una duda muy común, sobre todo para los nuevos emprendedores, que incluso han llegado a oír que los autónomos nunca enferman.
Pero tranquilo. Por más que seas autónomo, tienes derecho a la baja laboral y hoy te vamos a dar toda la información sobre ella.
Revisamos los diferentes tipos y qué condiciones tiene cada uno, te enseñamos a calcular cuánto vas a cobrar y cómo tramitarla, y por supuesto, respondemos la pregunta del millón: ¿hay que seguir pagando la cuota de autónomos?
Contenido
- ¿Qué es la baja laboral?
- ¿Cómo funciona la baja laboral de autónomo?
- Tipos de baja laboral
- Requisitos para pedir la baja laboral de autónomo
- ¿Cuánto cobra un autónomo en baja laboral?
- ¿Cuánto dura la baja laboral de autónomo?
- ¿Cómo solicitar la baja laboral de autónomo?
- Obligaciones
- Conclusiones
¿Qué es la baja laboral?
La baja laboral (o Incapacidad Temporal, si nos ponemos técnicos) ocurre cuando tu estado de salud te impide realizar tu trabajo.
Se trata de uno de tus derechos como trabajador.
Estar de baja te permite descansar y recuperar la salud, pero también implica el cobro de un subsidio mientras recibes asistencia sanitaria, para compensar la falta de ingresos, hasta que puedas volver al trabajo.
Aunque los autónomos pidan menos bajas laborales en comparación a los trabajadores asalariados, eso no significa que no puedan hacerlo. Sin embargo, tiene algunas particularidades.
¿Cómo funciona la baja laboral de autónomo?
Igual que los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos pagan un porcentaje de sus ingresos a la Seguridad Social para poder cubrir la baja si se ponen enfermos o tienen un accidente. Como si fuera un seguro.
En los autónomos, este porcentaje es el 28,30% de su base de cotización y lo pagan en su cuota de autónomos, en concepto de contingencias comunes.
A demás, desde el 1 de enero de 2019, también es obligatoria la cotización por contingencias profesionales, para cubrir enfermedades y accidentes laborales. Este pago supone un 1,3% de la base de cotización.
Todos los trabajadores por cuenta propia tienen esta obligación, a no ser que formen parte de uno de estos grupos:
- Los autónomos TRADE.
- Los autónomos en situación de pluriactividad.
- Los trabajadores incluidos en el Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
Tipos de baja laboral
Como has visto, se cotiza tanto por contingencias comunes como por contingencias profesionales.
Eso es porque, según lo que las cause, hay diferentes tipos de baja laboral de autónomo. Es importante diferenciarlas porque hay algunas variaciones en sus requisitos y en la cantidad que se cobra.
Veamos en qué situaciones te puedes encontrar con algunos ejemplos:
Incapacidad temporal por accidente laboral (IT)
Si tienes un accidente mientras trabajas o estando en tu lugar de trabajo.
Por ejemplo, si te caes de una escalera porque estabas haciendo una reparación para un cliente.
Desde la última reforma laboral, también se cubren los viajes y desplazamientos al trabajo, ya que son considerados como parte del espacio laboral.
¡Cuidado! Porque te podrían invalidar la baja si consideran que fue una imprudencia temeraria.
Incapacidad temporal por enfermedad profesional (IT)
Una enfermedad profesional es la que contraes como consecuencia del trabajo que realizas. Como, por ejemplo, podría ser la ciática causada por el trabajo.
Hay una lista de casos concretos que establece la ley con la que puedes saber si tu enfermedad se considera profesional.
Baja por enfermedad común o por accidente no laboral (contingencia común)
Ya sea por un accidente o por una enfermedad, si no tienen nada que ver con el trabajo, también tendrás una baja, pero tendrá otras condiciones.
Por ejemplo, si tienes la gripe y debes estar unos días en cama.
Otros tipos de baja
- Baja de maternidad
- Riesgo durante el embarazo o la lactancia
- Cuidado de menores por cáncer u otra enfermedad grave
- Incapacidad permanente:
- Cuando ocurre un accidente laboral y el trabajador sufre una reducción del 33% de su capacidad de trabajo.
- Cuando el accidente causa una incapacidad permanente total (en caso de que no pueda volver a trabajar).
Requisitos para pedir la baja laboral de autónomo
Para poder acceder a la baja laboral de autónomo (IT), deberás cumplir con unos requisitos, que varían según el tipo:
- Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Haber cotizado en la Seguridad Social durante un período de cotización:
- Enfermedad común: mínimo, 180 días en los 5 años anteriores.
- Para accidentes (sean o no laborales) y enfermedades profesionales: no se exige un mínimo de cotización previo.
- Si la baja es por enfermedad común o accidente no laboral, debes estar al día del pago de las cuotas(si no, tienes un plazo de 30 días para efectuar todos los pagos). Pero si la IT se debe a un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, no será necesario que cumplas este requisito.
¿Cuánto cobra un autónomo en baja laboral?
De la misma manera, la cantidad de la prestación también dependerá del tipo de baja que tengas.
La cantidad que vas a cobrar se calcula aplicando un porcentaje a tu base de cotización del mes anterior y dividiendo el resultado entre 30, ya que cobrarás por día de baja médica.
- En caso de enfermedad común o accidente no laboral:
- Del día 1 al 3: no cobrarás nada.
- Del día 4 hasta el 20: se aplica el 60% de la base de cotización.
- A partir del día 21: se aplica el 75%.
- Pero, si es un accidente de trabajo o enfermedad profesional, cobrarás el 75% de la base, desde el día siguiente al que te den la baja.
- En el resto de los casos que hemos mencionado antes (maternidad, incapacidad permanente, etc.), se paga el 100% de la base reguladora.
Ejemplo
Marta es autónoma y cobra 1.000 € al mes.
Con el nuevo sistema de cotización por tramos y, cotizando por la base mínima, su base es de 898,69.
Tramita una baja por enfermedad común de 4 semanas de duración, lo que es un total de 28 días.
Veamos cuánto cobraría Marta por todos estos días de baja.
- Los 3 primeros días no se cobra.
- Del día 4 al 20, ambos incluidos, se cobra el 60% de la base de cotización.
- Del día 21 al 28, ambos incluídos, se cobra el 75% de la base de cotización.
En total, por la baja de 28 días, cobraría 485,29 €.
¿Cuánto dura la baja laboral de autónomo?
No puedes calcular cuánto vas a cobrar si no sabes cuántos días de baja tienes, ¿verdad?
Bueno, pues eso es algo que tiene que decidir el médico. Aunque la baja se puede ir alargando si tu recuperación no es tan rápida como se esperaba, siempre que tengas el parte del médico.
Eso sí, el límite máximo de una IT es de un año, prorrogable hasta 6 meses más. En el caso de que la baja se tenga que alargar más allá de este tiempo, estaremos hablando de una Incapacidad Permanente.
¿Cómo solicitar la baja laboral de autónomo?
Para pedir la baja laboral, tienes un plazo de 15 días después de la fecha de la baja.
Deberás acceder a la solicitud de Incapacidad Temporal en página web de la Seguridad Social y para rellenar los datos, vas a necesitar tener a mano estos documentos:
- Tu DNI o NIE.
- El último boletín de cotización para acreditar el pago de las cuotas de autónomo.
- El parte de baja médica.
- La declaración de situación de actividad. Para informar de lo que va a pasar con tu negocio mientras tú estás de baja: ¿seguirá activo?, ¿quién lo va a dirigir?, ¿cómo?, etc.
Obligaciones
Bien, ya has tramitado la baja, ¿y ahora qué?
Eso no significa que no debas cumplir con tus obligaciones tributarias. Deberás llevar al día todos sus deberes con Hacienda, como de costumbre. Aunque, si no has generado beneficios, puede que algunos se tengan que presentar a 0, como el modelo 303 de IVA trimestral.
Además, mientras dure la situación de IT, pueden requerirte que presentes la solicitud cada seis meses.
¿Tengo que seguir pagando la cuota de autónomos si estoy de baja?
Siento decirte que sí, hasta el día 60 que estés de baja, deberás pagar la cuota de autónomos.
¿Qué pasa a partir del día 61? Que será tu mutua de seguros la encargada de pagar las cuotas a la Seguridad Social hasta que se te acabe la IT.
Aunque no lo parezca, y si se mira con perspectiva, esta es una buena noticia para los autónomos, ya que antes de 2019, esto no era así. Los autónomos tenían que pagar todas las cuotas hasta que les dieran el alta.
Conclusiones
Entonces, respondiendo a la pregunta inicial, sí, la baja de autónomos sí existe.
Sin embargo, como algunas de las modificaciones más importantes se introdujeron en 2019, suele haber dudas sobre ella. A demás, sigue habiendo ciertas desigualdades frente a los trabajadores por cuenta ajena, lo que hace que muchos autónomos no pidan la baja aun estando enfermos.
En AEMTIA ayudamos a los autónomos tanto en su fiscalidad como en el área laboral.
Si necesitas tramitar la baja laboral de autónomo, ponte en contacto con nosotros y te lo solucionaremos.